Programa Libertad de Expresión analizó caso de Javier Rebolledo y límites a la libertad de expresión en Chile

“Límites al derecho a la comunicación y libertad de expresión en la legislación chilena: el caso de Javier Rebolledo” fue el tema que convocó a académicos, académicas e invitados especiales en el segundo taller de coyuntura desarrollado este año por el Programa Libertad de Expresión.

En la oportunidad, junto con analizar las falencias de la legislación chilena en la materia, se compartieron antecedentes sobre el sistema internacional de Derechos Humanos y jurisprudencia en torno a casos en los que el derecho a la comunicación y libertad de expresión colisiona con otros derechos, afectando el ejercicio periodístico y el interés público.

El periodista Javier Rebolledo asistió como invitado y relató los pormenores de la querella por injurias y calumnias que interpuso en su contra un condenado por crímenes de lesa humanidad en la dictadura, a partir de información publicada en 2017 en su libro de investigación periodística “Camaleón. Doble vida de un agente comunista”.

Al taller también asistió el abogado Mauricio Daza, quien ha presentado denuncias ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, por otro caso de similares características contra el periodista y fundador del diario El Ciudadano, Bruno Sommer.

Uno de los puntos que concitó mayor atención fue el análisis del artículo 39 de Ley de Prensa, que en su inciso segundo considera la responsabilidad del director o editor de un medio ante la publicación de contenidos que pudieran ser constitutivos de los delitos de injurias y calumnias. En específico, la legislación plantea que es el acusado quien tiene que demostrar su inocencia y no al revés, como ocurre con todo el sistema de derecho; además de imponer penas punitivas para estos casos.

Al respecto, el abogado Mauricio Daza señaló que “existe un riesgo concreto, serio y grave para la libertad de información en Chile, que puede ser instrumentalizado como una represalia para quienes manejan medios que se atreven a reportear, entrevistar, etcétera, en temas que otros medios no quieren tocar”.

Como medidas posibles de impulsar desde el Programa Libertad de Expresión y el Instituto de la Comunicación e Imagen se consideró la presión para exista un cambio legislativo, que permita establecer un ordenamiento en esta materia que sea consistente con la normativa internacional.

En el análisis de quienes asistieron al taller, se cuestionó que la ley no presuma que los periodistas pueden tener un interés legítimo al investigar y/o publicar cierta información. No debieran ser los profesionales de la comunicación quienes demuestren que no tuvieron el interés de injuriar o calumniar a alguien, sino por el contrario, quien dice haber sido injuriado debería demostrar cuando un trabajo periodístico efectivamente tuvo esa intención.